Incapacidad permanente por pérdida de visión
El déficit ocular se define en base a la agudeza o campo visual. Hablamos de déficit cuando en uno de los dos ojos existe una reducción considerable de la agudeza visual, afectando aun con el uso de gafas. También cuando existe una disminución importante del campo visual del ojo.
El déficit visual tiende a originarse por un error en el desarrollo de los órganos visuales, o como consecuencia de accidentes donde los ojos resultaron lesionados. En otras ocasiones por padecer patologías que afectan la vista. Dentro de esas destaca la diabetes, las cataratas, el glaucoma y el tracoma.
La escala de Wecker se trata de un criterio médico que establece unos porcentajes en función del déficit visual, y es utilizado por los tribunales en España para conceder una prestación de incapacidad permanente por pérdida de visión según sea mayor o menor ese porcentaje, se le asigna un grado de incapacidad permanente.
Aunque la escala es uno de los criterios a tener en cuenta no debemos dejar de remarcar que fundamentalmente la actividad laboral, como así también, otras dolencias y secuelas, forman parte importante entre los criterios para evaluar una incapacidad permanente, en especial la actividad laboral, ya que en estos casos no es lo mismo trabajar en atención al cliente que en un laboratorio donde la agudeza visual que se exige es superior.
Otro punto a tener en cuenta es la agudeza visual corregida o sin corregir, la medida que se toma como referencia es la agudeza visual corregida, es decir, cuando la persona utiliza gafas o lentillas, por lo que no podemos tener en cuenta la agudeza visual sin corregir ya que inicialmente el trabajador puede tener una agudeza visual que luego de ser sometido a tratamiento tenga mejoría y si bien en un principio sus parámetros indicarían un grado de incapacidad, luego de dicho tratamiento, ya no estén dentro del rango considerable.
El padecimiento de déficit visual no es suficiente para obtener incapacidad permanente; debe tener en cuenta que, como la ley lo indica, debe valorarse el conjunto de lesiones y limitaciones. La valoración de las incapacidades laborales en estas enfermedades requieren de un peritaje que ponga de manifiesto las limitaciones anatómicas y funcionales objetivables que presenta el paciente, el carácter permanente de las mismas, y cómo reducen su capacidad laboral.
Profesión | Contingencia | Régimen | Concesión | Lesiones |
---|---|---|---|---|
Operario de Mantenimiento de Trenes | Enfermedad común | General | Incapacidad permanente total |
Patologías de Incapacidad permanente total
|
Ayudante de soporte de la Generalitat | Enfermedad común | General | Gran Invalidez |
Patologías de Gran Invalidez
Retraso Psicomotor |
Oficial de fundición | Enfermedad común | General | Incapacidad permanente absoluta |
Patologías de Incapacidad permanente absoluta
Déficit agudeza visual |
Vendedor Cupones Once | Enfermedad común | General | Gran Invalidez |
Patologías de Gran Invalidez
Hipoacúsia bilateral |
Vendedora de Cupones | Enfermedad común | General | Incapacidad permanente absoluta |
Patologías de Incapacidad permanente absoluta
|
Vendedor Once | Enfermedad común | General | Gran Invalidez |
Patologías de Gran Invalidez
Implante coclear con déficit actual audición 28 % y 87% |
Ayudante de laboratorio de productos Químicos | Enfermedad común | General | Incapacidad permanente total |
Patologías de Incapacidad permanente total
Opacidad ojo dcho. |
Conductor de Funeraria | Enfermedad común | General | Incapacidad permanente total |
Patologías de Incapacidad permanente total
Agudeza Visual en OI de 0,4 |
Vendedor Once | Enfermedad común | General | Gran Invalidez |
Patologías de Gran Invalidez
Estenosis traqueal |
Conductor de funeraria | Enfermedad común | General | Incapacidad permanente total |
Patologías de Incapacidad permanente total
Agudeza visual ojo derecho 0.4 ojo izquierdo 0.7 |
Página 1 de 2