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Especialistas en trámites de pensiones por incapacidad permanente

conseguir incapacidadNuestra filosofía de trabajo se centra en brindar un servicio global médico y jurídico de calidad, personalizado y eficaz, especializado en materia de pensiones, para que pueda defender sus derechos, y poder tener a su disposición un abanico de profesionales en la materia de "pensiones de incapacidad permanente" - materia que precisa de una importante experiencia y saber hacer.

Nuestra entidad le ofrece, a través de nuestro portal de medicina judicial, la mayor experiencia, seriedad, tenacidad, servicio y prestigio. Puede consultar los casos de éxito más relevantes a través de este enlace.

  • Trámites de pensiones por incapacidad

    Si padece alguna dolencia que le impida trabajar o bien le han denegado la pensión de incapacidad permanente, no dude en informarse de sus derechos. Valoraremos gratuitamente la viabilidad de su caso. Tramitamos, respaldamos y defendemos la solicitud y la reclamación judicial de su pensión de incapacidad permanente desde nuestros valores: la calidez humana, la calidad del servicio y el trato personalizado.

    La pensión de incapacidad permanente de la Seguridad Social, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático, derivado de una enfermedad o accidente, y ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva. Hoy existen cuatro grados de incapacidad que se centran en:

    • Incapacidad Permanente Parcial.
    • Incapacidad Permanente Total
    • Incapacidad Permanente Absoluta
    • Gran Invalidez.

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  • Estudio médico personalizado

    Analizamos desde el punto de vista pericial la viabilidad de su caso, realizando un informe médico interno donde se extrae: las lesiones, secuelas, limitaciones orgánicas y/o funcionales, fijando así el grado de incapacidad a reclamar. El secreto de nuestro alto porcentaje de casos ganados ante los tribunales, nace de la valoración médica inicial, ésta se realiza por médicos con una amplia experiencia dentro de las prestaciones de incapacidad permanente y la valoración del daño corporal.

    Es necesario valorar su caso para saber la probabilidad de éxito en su reclamación. Ésta es nuestra forma de trabajar desde 1978. Consúltenos su caso. No perderá nada por asesorarse, en cambio puede llegar a ganar mucho.

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  • Informe de lesiones por accidente de tráfico

    A partir del 1 de julio Los forenses de los juzgados españoles ya no examinan ni redactan informes sobre las lesiones producidas en la mayoría de los accidentes de tráfico. El cambio se debe a la reciente entrada en vigor de la reforma del Código Penal, que despenaliza las faltas por imprudencias leves.

    La importancia del informe pericial y de acudir a un centro médico "solvente" con experiencia en la medicina judicial es definitivo para conseguir la máxima indemnización por el accidente sufrido.

    Con un buen informe pericial, la “víctima de un accidente de tráfico tiene más posibilidades de ganar el juicio y evitar pagar las costas procesales”.

    Las víctimas deben, en caso de no llegar a un acuerdo extrajudicial, acudir a la vía civil desde el uno de julio. A partir de entonces, están obligadas a sufragar el coste del informe pericial porque han perdido el derecho al diagnóstico forense, realizado por un funcionario público.

    Si ha sufrido un accidente confíe en nosotros, nuestra especialización en la medicina pericial o judicial y los óptimos resultados nos avalan.

    Sus derechos son nuestra meta.

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  • Revisiones de grado de incapacidad

    Las personas que en estos momentos ya están cobrando una pensión de incapacidad permanente, si sufren un agravamiento de sus lesiones y/o se suman nuevas patologías pueden reclamar una pensión económicamente mayor.

    Toda resolución por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de invalidez permanente, en tanto el incapacitado no haya cumplido la edad de 65 años, podrá promover la revisión de la incapacidad que viene percibiendo, por agravamiento de sus lesiones y aumentar así el importe de la pensión. (ley general de la seguridad social).

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  • Certificado legal de discapacidad

    Informe pericial Sobre el (Real Decreto 1971/99), baremo que regula y porcentúa las minusvalías y discapacidades físicas psíquicas y sensoriales, ASÍ COMO EL TRAMITE MÉDICO - JURÍDICO, ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL PARA SU OBTENCIÓN LEGAL.

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