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Actualidad sobre incapacidades

Incapacidad Permanente por trastornos mentales a empleado de banca en Sevilla

Las incapacidades permanentes por enfermedades mentales son cada vez más solicitadas, no solo por las limitaciones que provocan las mismas patologías, sino además, debido al agravamiento del cuadro clínico a causa del padecimiento de depresión y ansiedad.

El trabajador de 45 años de edad, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social de profesión habitual empleado de banca en Sevilla, representado por nuestro centro médico jurídico, ha solicitado la Incapacidad Permanente al Instituto Nacional de la Seguridad Social debido a un Trastorno de Personalidad agravado.

En primera instancia el Instituto Nacional de la Seguridad Social procedió a reconocerle la Incapacidad Permanente en grado de Total, sin embargo, el trabajador presentaba un cuadro clínico que no le permitía desarrollar ninguna actividad laboral. Disconformes con la resolución nuestros profesionales jurídicos interpusieron reclamación previa, posterior demanda judicial, con motivo de ser declarado al trabajador en Incapacidad Permanente Absoluta, grado que se ajustaba a derecho según valoración médica previa por parte de nuestros peritos médicos.

El trabajador presenta: trastorno de personalidad, con predominio de sentimientos de inferioridad, tendencia al aislamiento social, ideas sobrevaloradas de autoreferencialidad, conductas de evitación y mal control de la impulsividad. Además en el último año asocia sintomatología depresiva que se caracteriza por irritabilidad, sentimientos de minusvalía y desesperanza, anhedonia, dificultades de atención y concentración, además de apatía. Dichas patologías son graves y cronificadas ya que no han mejorado los síntomas a pesar de los múltiples tratamientos por especialistas y fármacos específicos, su evolución clínica no es positiva.

Nuestros profesionales, ante el magistrado del Juzgado de lo Social Nº8 de Sevilla, suplicaron prestación por Incapacidad Permanente Absoluta por entender que el cuadro clínico que presenta le inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión u oficio con un mínimo grado de eficiencia y rendimiento.

Finalmente el juez declaró al trabajador en situación de Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad común, condenando al organismo demandado a estar y pasar por dicha declaración con abono de la pensión en cuantía y efectos reglamentarios (ver sentencia).

Nuestro centro brinda asesoramiento gratuito para todos los trabajadores que se vean limitados en la realización de su actividad laboral, o de actividades de la vida diaria, por padecimiento de patologías. No dude en consultar con nuestros profesionales, de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 854 539 450 (Sevilla) 933 800 100 (Barcelona) o 910 376 935 (todo España). Más información www.tribunalmedico.com

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