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Actualidad sobre incapacidades

Hipertensión pulmonar e incapacidad permanente

Hoy 5 de mayo, Día Mundial de la Hipertensión Pulmonar, trataremos esta patología en relación a la incapacidad permanente. 

La Hipertensión Pulmonar se define por la constatación de un aumento de la presión arterial pulmonar media a partir de cifras iguales o mayores a 25 mmHg en el cateterismo cardíaco derecho. Puede ser debida a causas desconocidas, hereditarias o asociadas a múltiples procesos. 

Según la Asociación Nacional de Hipertensión Pulmonar es una enfermedad crónica, que precisa de un tratamiento médico permanente tanto por vía oral, subcutánea, inhalada o en perfusión continua intravenosa, pudiendo resultar progresiva a pesar del tratamiento, el cual puede conseguir mejorar la supervivencia pero no curarla, de manera que precisa de un tratamiento permanente médico o en casos en que este tratamiento no se consiga estabilizar la enfermedad se puede plantear una intervención quirúrgica. 

En edad adulta los síntomas de la enfermedad son:  

  • Fatiga en relación con la sobrecarga cardíaca que supone la hipertensión pulmonar  
  • Síncopes (a vece pueden ser de inicio al realizar un esfuerzo brusco) por fallo cardíaco 
  • Insuficiencia respiratoria (baja SaO2) 
  • Signos de insuficiencia cardíaca derecha manifestados por edema de extremidades inferiores 
  • Aumento del perímetro abdominal (ascitis)
  • Signos de insuficiencia cardíaca izquierda manifestados por acentuación de la disnea de causa respiratoria por edema pulmonar.

El tipo de vida de estos pacientes cada vez está más limitado producto de la disnea provocada por un aumento de frecuencia cardíaca, no pudiendo realizar, en algunos casos, una actividad física continuada o estar sometido a situaciones de sobrecarga, imposibilitados de transportar pesos y de recorrer distancias largas o subir pendientes. En caso que precisen oxigenoterapia continua deben ir acompañados por otra persona o mecanismo que les transporte la mochila de oxígeno.

La hipertensión pulmonar puede ser motivo de pensión, la incapacidad permanente total o absoluta son los grados mas frecuentes de incapacidad permanente en esta patología.

El tratamiento de esta patología es complejo y continuo ya que incluye anticoagulantes, para disminuir el riesgo de una trombosis o como tratamiento, y de vasodilatadores de forma combinada tanto por vía oral, como inhalada, como en los casos avanzados, mediante bomba subcutánea de infusión continua o intravenosa por vía central. Estos últimos tratamientos condicionan también su calidad de vida. En los casos de escasa respuesta terapéutica se plantea la necesidad de un trasplante pulmonar o cardiopulmonar.

Generalmente estos pacientes mantienen una calidad de vida muy limitada con una actividad mayormente sedentaria que requiere la ayuda para la realización de cualquier tarea. 

Teniendo en cuenta que la incapacidad laboral permanente se define como la situación en la que se encuentra un trabajador que, tras haber estado sometido a tratamiento médico, sufre una serie de reducciones anatómicas o funcionales graves, con previsión de que sean definitivas, y que produzcan en él una disminución o eliminación de su capacidad para realizar su actividad laboral de la manera en la que la venía realizando, podemos considerar la hipertensión pulmonar como posible motivo de pensión. 

Si padece de hipertensión pulmonar y se encuentra limitado en su actividad laboral nuestro centro médico jurídico recomienda realizar una valoración médica de sus limitaciones con motivo de conocer si tiene derecho a una incapacidad permanente. 

Si desea valorar su caso con nuestros profesionales puede contratar una valoración médica

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