El amianto, o asbestos, es el nombre común de un grupo de seis minerales fibrosos extraídos de la naturaleza, que se componen de fibras largas y finas en forma de aguja.
Estos minerales se han empleado en gran medida en el sector de la construcción después de la segunda guerra mundial, debido a su reducido precio, abundancia y sus capacidades físicas. Su resistencia a elevadas temperaturas y sus capacidades impermeabilizantes lo han convertido en un material empleado en muchos productos.
El amianto en sí, no se considera peligroso para la salud, lo es en su fase de transformación y en su fase de descomposición, ya que este mineral contiene partículas que al ser inhaladas pueden provocar la aparición de enfermedades como cáncer de pulmón, mesotelioma maligno (pleural o peritoneal), asbestosis, entre otras.
Según la Organización Mundial de la Salud en los próximos 40 años morirán alrededor de 107.000 personas que hayan trabajado en el sector del asbesto debido a su constante exposición sin protección. En España, a día de hoy, se estima que 40.000 personas han muerto por ello y 40.000 individuos morirán en las próximas décadas. Esto es debido a que España fue uno de los mayores importadores de amianto en Europa entre los 70 y los 80.
¿Las enfermedades causadas por el amianto son motivo de Incapacidad Permanente?
Efectivamente, de causar limitaciones que afecten en la esfera laboral son susceptibles de protección. Las patologías producidas por la exposición a fibras de amianto está recogida en el Real Decreto 1299/2006, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y establecen criterios para su notificación y registro.
El amianto (en todas sus variedades) está clasificado según la Legislación Española como cancerígeno de primera categoría por lo tanto, además, es de aplicación plena el Real Decreto 665/1991, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
A pesar de ello, la Seguridad Social aún mantiene una actitud injusta con los trabajadores que, a causa de la exposición al amianto, sufren de patologías severas que impiden el desarrollo de su actividad laboral, e incluso, de todo tipo de actividad laboral ya que el grado absoluto de la incapacidad permanente es, generalmente, el que corresponde a las patologías que el amianto provoca.
Nuestro centro médico jurídico pone a disposición a sus profesionales en materia de incapacidad permanente para el asesoramiento gratuito de aquellos trabajadores que, a causa de la exposición al amianto, sufren de las enfermedades que mermen o anulen su capacidad laboral. Para ello pueden contactar a través de nuestra página web www.tribunalmedico.com o de 9 a 14hs, a través de nuestras líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935.
Consideramos importante el reconocimiento de la incapacidad permanente pero, además, consideramos de relevante importancia evitar que las personas sean perjudicados por el amianto, por ello hemos realizado este artículo en colaboración con Gestión del Amianto quienes están activamente enfocados en la retirada del amianto con el objetivo de evitar futuras incapacidades a individuos afectados con dicho material.