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Actualidad sobre incapacidades

Gran Invalidez por hemofilia

Gran Invalidez conseguida por Tribunal Médico S. L.

El INSS ha sido obligado por Sentencia del Juzgado Social Nº6 de Barcelona a reconocer una Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez, viendo la defensa realizada y la situación del paciente tuvo que llegar a un acuerdo con los profesionales del centro médico jurídico Tribunal Médico ® de modo que la sentencia es firme desde el momento que ha sido acordada en sede judicial.

El actor, de 62 años, afiliado a la Seguridad Social en régimen general con profesión habitual de celador estuvo de Incapacidad Temporal en el año 2017. Ante la no mejoría, e incluso el agravamiento de sus patologías, decide iniciar junto al centro medico jurídico Tribunal Médico ® un proceso de reclamación de Incapacidad Permanente Absoluta en grado de Gran Invalidez.

Ante la negativa del INSS a reconocer la prestación en grado de Gran Invalidez se presentó la demanda ante el Decanato de los Juzgados de Barcelona, siendo ésta admitida, en fecha de juicio y compareciendo ambas partes, el letrado del Instituto Nacional de Seguridad Social realizó oposición formal reconociendo las siguientes lesiones: Hemofilia a grave congénita en tratamiento con factor VII, artropía hemofílica de larga evolución, hemartrosis múltiples articulares, afectación de las cuatro extremidades, deambulación muy afectada, trastorno adaptativo y urgencia urinaria y fecal.

Dado que las características que definen el concepto de Invalidez Permanente son objetivación de las reducciones anatómicas o funcionales y el carácter de definitivo, es decir, irreversible hasta el punto que disminuyan o anulen la capacidad laboral, teniendo en cuenta que el demandante hace uso de una silla de ruedas y se encuentra imposibilitado de la realización de los actos esenciales para la vida, a tal punto de haber sido reconocida una incapacidad del 87% en fecha del año 2019, el centro médico jurídico Tribunal Médico presentó un recurso alegando que "a la vista de la prueba documental ha quedado acreditado las lesiones que presenta el actor y las limitaciones funcionales que le generan con la necesidad de ayuda de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria le hacen tributario de la declaración de gran invalidez concurriendo los presupuestos del articulo 137 LGSS".

En fecha 25 de Noviembre de 2019 la justicia procede a estimar la demanda en reclamación de Incapacidad derivada de enfermedad común y declaró al mismo en situación de Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social al abono de una pensión del 100% de la base reguladora de 1.644,84 euros con las revalorizaciones y mínimos legales que le correspondan además del complemento de 957,23 euros, destinados a que pueda remunerar a la persona que le atienda, debido a que serán 14 pagas, que da derecho al actor a percibir una pensión vitalicia de 36.428,98 euros anuales.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha sido condenado por sentencia firme

Alejandro Rusiñol, responsable de Tribunal Médico ®, anima a todas aquellas personas que se encuentran en situación de incapacidad laboral con lesiones que les impidan trabajar, a no desistir ante la negativa del INSS porque cuando existe un cuadro con las patologías incapacitantes con una buena coordinación médica y jurídica, junto a la correcta argumentación del proceso ante los tribunales, es posible hacer valer sus derechos en materia de pensión de incapacidad.

Para más información acerca de este caso, puede ver la sentencia oficial en el siguiente enlace

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