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Actualidad sobre incapacidades

Incapacidad Permanente en trabajadores de la construcción

Conseguir incapacidad laboral permanente

Las tasas de Incapacidad Permanente más elevadas corresponden a la industria de la construcción, junto con la industria de productos alimenticios, englobando tanto a asalariados como autónomos.

Los trabajos en la industria de la construcción incluyen desde mano de obra en la que no se requiera experiencia o trabajos en los que se requiera a un empleado capacitado, hasta gerente de proyectos. Con el grado de actividad que se lleva a cabo en las áreas de construcción, los trabajadores están en constante riesgo de sufrir una lesión durante la realización de este tipo de actividades.

Los trabajadores pueden sufrir todo tipo de lesiones durante trabajos de la construcción. Estas lesiones pueden provenir de contingencia profesional o accidente de trabajo. No obstante, también existen muchos casos con lesiones de enfermedad común que, puestas en relación con su profesión afectan directamente al normal desarrollo y que pueden desembocar en una pensión de incapacidad como es el caso que comentaremos más abajo.

Algunas lesiones ocasionadas durante la realización de este tipo de trabajos pueden consistir en:

  • Lesión craneal (TCE)
  • Daño a la columna vertebral
  • Fracturas de huesos
  • Desmembramiento
  • Quemaduras
  • Electrocución
  • Laceraciones
  • Lesión de cuello
  • Daños en músculos, tendones y ligamentos.
  • ... entre otras.

CASO RECIENTE DE ÉXITO CENTRO MÉDICO JURÍDICO TRIBUNALMEDICO.COM

Nuestra cliente, trabajadora del sector de la construcción, solicitó nuestros servicios para poder percibir una pensión por incapacidad laboral derivada de enfermdad común.

Al momento de la solicitud la trabajadora, de 61 años de edad, en situación de alta o asimilada a la de alta en el régimen especial de autónomos, padecía las siguientes lesiones reconocidas por la Inspección Médica de Barcelona: espondiloartrosis moderada, gonartosis moderada con condropatía grado III-IV. Hipoacusia con pérdida (oído derecho 18,71%, oído izquierdo 24,38%, global 19,69%), uso de audífono, fractura de peroné izquierdo con secuela de edema y obesidad.

Estas dolencias que padece limitan en gran medida a la trabajadora para la realización de su profesión habitual, independientemente de cualquier alternativa quirúrgica (incluso siendo positiva), ya que persistirían las limitaciones que la inhabilitan para la realización de todas o de las fundamnetales tareas de dicha profesión.

Iniciando solicitud de Incapacidad Permanente en el año 2018, el INSS determinó no declarar al trabajador en situación de Incapacidad Permanente. Agotada la vía administrativa y elevado los autos hasta el alto Tribunal Superior de Justicia de Catalunya quien falló a favor de la trabajadora reconociendo y declarando a la misma en situación de Incapacidad Permanente en grado de Total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común, y condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social al pago del 75% de su base reguladora con efectos desde el 7 de marzo de 2018. (ver sentencia)

Puede ver todos los casos de éxito, de nuestro centro www.tribunalmedico.com, en trabajadores de la construcción haciendo clic aqui.

ES IMPORTANTE QUE CONOZCAS TUS DERECHOS EN MATERIA DE INCAPACIDAD PERMANENTE.

Puede contactar con nosotros a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935, para que saber cómo podemos ayudarle. Nuestro amable personal le hará algunas preguntas sobre su caso y canalizará con un asesor especialista. También puede valorar su caso a través de nuestra página web.

 

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