Un juzgado reconoce que la hipoacusia impide ser conductor profesional.
La pérdida auditiva del 35% más acúfenos, producto de la hipoacusia, ha provocado que el trabajador no pueda continuar con su actividad laboral habitual. El trabajador de 60 años de edad desempeñaba como profesión habitual la de conductor de autobús.
Habiendo agotado el tiempo máximo de baja médica (545 días), la entidad gestora le propone estudiar su caso para determinar un grado de incapacidad permanente, sin embargo, la resolución que recibió el trabajador indicaba que aunque presenta una hipoacusia neurosensorial muy significativa no correspondía declararlo en situación de incapacidad permanente y, consecuentemente, le dieron el alta médica.
Habiendo denegado la reclamación previa, no ajustándose la determinación de la administración con la realidad clínica del paciente, los profesionales de nuestro centro médico jurídico interpusieron demanda ante el juzgado de lo social.
La lesión más significativa que afecta al trabajador es la hipoacusia neurosensorial bilateral que, según consta en informe médico del Hospital del Mar, padece de una pérdida auditiva en el oído derecho es del 24,7% y en el oído izquierdo del 80,3%, lo que da por resultado una pérdida auditiva del 35% más acúfenos.
En acto de juicio los péritos del inss, en concordancia con el criterio médico de la inspección médica, alegan que esta lesión no resulta impeditiva para la realización de las actividades laborales propias del trabajador ya que, ésta limitación, no afecta al déficit conversacional del mismo.
Paralelamente, manifestando lo contrario, los profesionales de nuestro centro médico jurídico aportan, entre otras pruebas, el informe del servicio médico de prevención de riesgos laborales de la empresa quienes dejan constancia que el trabajador resulta no apto para su actividad.
Además de ello, resulta como prueba acreditada que el cliente ya no podrá continuar conduciendo autobuses ya que la Dirección General de Tráfico le retiró el permiso de conducir clase “E”, siendo evidente que actualmente el cliente no puede realizar con normalidad su profesión habitual de conductor, aunque si pudiendo realizar otras actividades laborales.
Estimada la demanda, el juez del Juzgado N.14 de Barcelona declaró al trabajador tributario de una Incapacidad Permanente en grado de Total para su profesión habitual de conductor de autobuses.
Son muchos los casos de incapacidad permanente a conductores que han llevado adelante nuestros profesionales, no dude en poner su caso en nuestras manos.
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