El juzgado de los social nº 3 desestima la demanda de la mutua Midat Cyclops que recurrió la resolución inicial de incapacidad laboral permanente que le condenaba al pago. El Tribunal mantiene el criterio de la defensa de nuestro centro médico jurídico que defendió el caso.
La trabajadora de 59 años de edad, de profesión habitual limpiadora, tuvo un accidente de trabajo donde sufrió fractura trimaleolar del tobillo derecho, motivo por el cual estuvo en situación de incapacidad temporal en busca de rehabilitación de sus limitaciones.
Debido a la gravedad de la fractura, ya que el tobillo se había partido en tres partes, la trabajadora no pudo recuperarse de sus limitaciones provocando impedimentos para el desarrollo de su actividad laboral habitual, motivo por el cual fue solicitada por nuestros expertos la incapacidad permanente en grado de total. Meses después el INSS le concedió la incapacidad laboral, con la pensión correspondiente más el complemento de maternidad.
Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional el responsable del pago de la cuantía de la pensión es la Mutua, por tal motivo una de las mutuas, que representaba a una de las empresas en las que trabajó, pedía que le quitasen la paga. Sin embargo, los informes médicos constataban que la trabajadora sufre problemas de movilidad y secuelas a causa del accidente que tuvo y que le impiden desarrollar su tarea como limpiadora en la que debe estar "de pie durante la jornada laboral, subiendo y bajando escaleras, a veces de rodillas".
Finalmente los tribunales han desestimado la demanda interpuesta por la mutua, rechazando el recurso y manteniendo la incapacidad laboral total de la demandante.
Alejandro Rusiñol, experto en gestión de la Seguridad Social indicó que "la oposición de la mutua de trabajo", que debía hacerse cargo de la pensión por la concesión de la incapacidad "parece presuntamente temeraria por cuanto, incluso, existían informes" de otra mutua que "afirmaban la imposibilidad de poder trabajar como limpiadora" de la demandante.
Si ha tenido un accidente de trabajo o se encuentra limitado para el desarrollo del mismo puede contactar con nuestro centro, brindamos asesoramiento gratuito de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935.