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Un juez concede la incapacidad a un guarda forestal que no puede caminar

El informe perito judicial presentado por el trabajador ha sido decisivo para estimar la petición. El INSS, pese a reconocer las patologías del paciente, lo consideraba apto para trabajar.

Una vez más, la justicia intercede entre el INSS y un trabajador al que no le reconocían su incapacidad laboral. Así, el Juzgado de lo Social Número 3 de Barcelona ha concedido la Incapacidad laboral permanente en grado de total a un guarda forestal al constatar que los daños traumatológicos que sufre en sus extremidades inferiores sí le impiden realizar su profesión con plenitud de garantías.

AAA es un agente forestal de 49 años. En abril de 2016 presentó ante el SGAM (antiguo ICAM) un expediente administrativo en el que se solicitaba la Incapacidad laboral, pero éste se la denegó.

El informe pericial aportado por centro médico jurídico Tribunal Médico, que ha llevado el expediente del demandante, constata que el paciente sufre "una combinación de condromalácia rotuliana y de insuficiencia venosa acompañada de un cuadro depresivo y del síndrome del túnel carpiano". Visto este informe pericial, así como el que el propio ICAM instó en su día, la sentencia no deja resquicio alguno a la duda: "una persona que tiene que desarrollar su trabajo habitual caminando por terrenos irregulares, como en el caso de un guarda forestal, no lo puede desarrollar en absoluto, y por consiguiente se tiene que llegar a la conclusión de que está inhabilitado para esta profesión". Por ello,condena al INSS a abonar de forma vitalicia una pensión por incapacidad total.

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