Una trabajadora de 54 años perdió su pensión tras revisión de incapacidad y ha logrado recuperarla acudiendo a los Tribunales. Nuestros profesionales médicos y jurídicos han conseguido la restitución de su derecho.
La trabajadora fue declarada, debido al padecimiento de síndrome de fatiga crónica grado III, trastorno depresivo mayor recurrente y trastorno por agorafobia, en incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo en el año 2019. Tras un proceso de revisión, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), retiró la pensión a la trabajadora, alegando una supuesta mejoría en su estado de salud, sin embargo, ésta resolución no se ajustaba a la realidad clínica de la paciente. Motivada por la injusta declaración de aptitud para el trabajo reclamó su derecho, acudiendo a nuestros profesionales.
Tras la reclamación, y pese a la evolución negativa de las patologías, la Seguridad Social insistió en que la trabajadora estaba en mejor estado. La gravedad del cuadro clínico está, incluso, constatada mediante informes médicos que indican el padecimiento de nuevos diagnósticos médicos (trastorno depresivo mayor en su forma más grave, complicaciones pulmonares graves y una clínica respiratoria deteriorada). A pesar de ello, la institución mantenía su postura.
Ante la negativa de la Seguridad Social, de reconocer el empeoramiento de las condiciones de la paciente, los profesionales de nuestro Centro Médico Jurídico TribunalMedico.com, en representación de la trabajadora, llevaron el caso a los tribunales. Con el respaldo de un informe médico pericial detallado, se expuso ante los Juzgados de lo Social Nº09 de Barcelona la situación clínica actual de la trabajadora y la necesidad de restituirse su pensión.
El juez falló a favor, anulando la resolución del INSS y reconociendo el derecho de nuestra clienta a recibir nuevamente la pensión por incapacidad permanente en grado de absoluta, además de condenar a la administración al pago de los efectos retroactivos desde que se le retiró la pensión, lo que asciende a un total de 26.365,20 euros (correspondientes a dos años de pensión).
Este fallo pone de manifiesto la importancia de reclamar el derecho a una pensión por incapacidad permanente cuando la situación clínica así lo determina ya que la incapacidad permanente es una pensión que respalda a los trabajadores que han cotizado y no pueden, por motivos de salud, continuar con la labor. También es de remarcar la importancia de contar con un adecuado respaldo legal y médico ante decisiones injustas por parte de las instituciones de la Seguridad Social.
Por este motivo en nuestro centro realizamos una importante labor social brindando asesoramiento gratuito a todos aquellos trabajadores que se ven perjudicados por la afectación de patologías que le imposibilitan en el desarrollo de una actividad laboral. No duden en contactar con nuestros profesionales.
Para asesoramiento gratuito se debe contactar de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935
Si desean conocer la viabilidad del caso contamos con un avanzado sistema de valoración médica a distancia.