Real Decreto-ley 2/2024
El pasado 1 de noviembre de 2024 entró en vigor la reforma del nivel asistencial del desempleo mediante el Real Decreto-ley 2/2024, una norma que introduce importantes cambios en los subsidios por desempleo.
La entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024 supone la eliminación de algunas ayudas previas, como el subsidio por revisión de una incapacidad permanente, lo que afectará a algunos colectivos.
El subsidio por revisión de una incapacidad permanente se concedía a aquellas personas que, tras un procedimiento de revisión de su pensión por incapacidad permanente, el instituto nacional de la seguridad social consideraba mejoría en su situación clínica, alegando que el trabajador podría volver al mercado laboral, y consecuentemente le retiraba el reconocimiento de su pensión por incapacidad permanente. Quienes atravesaban esta situación y no tenían acceso a otro tipo de ingresos podía solicitar el subsidio.
Con este nuevo Real Decreto-ley 2/2024, este subsidio queda extinguido, por lo que quienes se encuentren en esta situación deberán recurrir a otras vías de protección social, como regresar a su puesto de trabajo dada la reserva expresa o, de no existir tal posibilidad, solicitar alguno de los siguientes subsidios, siempre y cuando se ajusten a su caso particular:
- Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva: Dirigido a aquellas personas que han consumido por completo su prestación por desempleo y continúan en paro.
- Subsidio por cotizaciones insuficientes: Para personas que acreditan más de tres meses y menos de doce cotizados y que no pueden acceder a la prestación contributiva.
- Subsidio para emigrantes retornados: Beneficiarios son aquellos ciudadanos españoles que, tras haber trabajado al menos 12 meses en países fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) o sin convenio bilateral con España, regresan al país sin derecho a una prestación contributiva.
- Subsidio para víctimas de violencia de género o violencia sexual: Se mantiene la protección para quienes se encuentren en esta situación y carezcan de recursos.
- Subsidio para mayores de 52 años: Este subsidio se mantiene sin cambios y sigue ofreciendo una cobertura del 80% del IPREM, garantizando ingresos a este colectivo hasta su jubilación.
Cuantías
A partir de ahora, los beneficiarios percibirán las siguientes ayudas económicas:
• Durante los primeros 6 meses: Se cobrará el 95% del IPREM, lo que equivale a 570 euros mensuales.
• Durante los siguientes 6 meses: La cuantía será del 90% del IPREM, es decir, 540 euros mensuales.
• Resto del período: La prestación se fijará en el 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales.
El subsidio para mayores de 52 años se mantiene sin modificaciones y continuará siendo del 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales.
Restitución de pensión por incapacidad permanente
Cuando se procede a la revisión de la incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (lo que se denomina revisión de oficio), existe una instancia muy importante, donde hay un plazo 15 días para su presentación, que son las alegaciones. Este procedimiento consta de un escrito donde se indica al Instituto Nacional de la Seguridad Social cuál es su estado clínico actual y porqué debería conservar el reconocimiento de la pensión por incapacidad permanente.
Este escrito debe ser cuidadosamente redactado y acompañado de documentación médica, por tal motivo siempre recomendamos acudir a profesionales para su redacción y presentación.
Si no ha hecho alegaciones o, a pesar de ello, le han retirado la pensión de incapacidad permanente es fundamental presentar una reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar la restitución, es decir, reclamar (siempre y cuando tenga derecho) a que se vuelva a declarar en situación de incapacidad permanente y, consecuentemente, a percibir el abono de la pensión.
Es muy importante que las personas que se encuentren en situaciones de indefensión busquen el apoyo adecuado para reclamar sus derechos. Contar con un equipo de profesionales que pueda guiar y representar de manera efectiva puede marcar la diferencia en el resultado.
En nuestro centro médico jurídico, contamos con una amplia experiencia en la gestión de reclamaciones, habiendo logrado con éxito la restitución de pensiones de incapacidad permanente para muchos de nuestros clientes. Nuestro equipo de expertos en derecho y medicina se encarga de defender tus derechos, asegurando que recibas lo que te corresponde. No enfrentes este proceso solo, confía en nosotros para obtener el apoyo y la representación que necesitas. ¡Tu bienestar y tus derechos son nuestra prioridad!
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