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Actualidad sobre incapacidades

Incapacidad Permanente a dependienta de tienda con afectación en miembros inferiores.

Ser dependiente de tienda consiste en la atención a los clientes y venta de productos en las tiendas, es una actividad laboral durante la que, generalmente, el trabajador pasa largas horas, incluso la jornada laboral completa, de pie.

¿Qué sucede si el dependiente tiene afectaciones en miembros inferiores?

Como es el caso que clarificaremos más adelante, cuando un dependiente tiene afectaciones en sus miembros inferiores producto de patologías como la artrosis, gonartrosis, condromalacia, lumbalgia, entre otras afectaciones, puede verse limitado en la realización de su actividad laboral habitual, en especial si dichas patologías afectan la capacidad del trabajador de mantenerse en pie durante largas horas.

Nuestro centro médico jurídico, recientemente, ha conseguido la incapacidad permanente total para una dependiente en tienda de ropa que producto de lesiones en miembros inferiores no podía continuar con su actividad laboral.

La trabajadora, de 58 años de edad, inició expediente por incapacidad permanente ante el Insituto Nacional de la Seguridad Social en el año 2018. Según dictamen del Icam la trabajadora presenta el siguiente diagnóstico: gonartrosis, meniscopatía interna y condropatía grado III IV de rodilla derecha, IQ por atroscopia.

El INSS, a pesar que las mencionadas patologías le impiden continuar con su actividad laboral, consideró que debía ser declarada en ningún grado de Incapacidad Permanente, consecuentemente los profesionales de nuestro centro médico jurídico www.tribunalmedico.com presentó a la vía judicial.

Al momento del juicio el cuadro clínico de la trabajadora había empeorado ya que además presenta fibromialgia, antecedentes de infarto cerebral, estenosis de la arteria vertebral, fascitis plantar, cervicolumbalgia por discopatías y trastorno ansioso depresivo reactivo.

Los profesionales de nuestro centro médico jurídico argumentaron en su defensa el hecho fundamental por el que la trabajadora no podía continuar con su actividad laboral habitual: "En el caso que nos ocupa la demandante es dependiente de tienda de ropa, actividad en la que precisa realizar bipedestación durante toda la jornada. Teniendo en cuenta que sus lesiones principales son condromalacia rotuliana en grado IV y fascitis plantar ha de entenderse que no está capacitada por la realización eficaz y constante de su trabajo habitual de dependiente en tienda de ropa, en la medida que su afectación importante en rodilla, y asimismo la afectación en los pies, con fascitis de espolón, no puede realizar una bipedestación constante. Sin que por otro lado pueda entenderse que está incapacitada por la realización de actividades que no exijan bipedestación y deambulación constante".

Finalmente, a pesar que el Juzgado de lo Social Nº9 de Barcelona había considerado no declarar a la trabajadora en grado de Incapacidad Permanente, elevando los autos al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y ante el tajante argumento de nuestros profeisonales jurídicos, revocó la sentencia del Juzgado de lo Social Nº9 y declaró a la trabajadora en situación de Incapacidad Permanente en grado de Total para su profesión habitual, con derecho a una pensión vitalicia.

Nuestro centro siempre aconseja consultar con especialistas si se encuentra limitado en la realización de su actividad laboral ya que muchas veces, como consecuencia de la continuación de la actividad laboral, los trabajadores sufren empeoramiento de sus patologías. Si desea asesoramiento legal gratuito puede contactar con nuestro centro, de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935. Más información www.tribunalmedico.com

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