Reclamar una incapacidad permanente es un procedimiento que se encuentra compuesto por dos fases, la parte administrativa y la judicial.
Si bien para la fase administrativa no es preceptivo contar con los servicios de un profesional, como si lo es para la representación en vía judicial, nuestros profesionales aconsejan contar con un experto en la materia desde el momento inicial. Esto garantizará a quien desea instar, o reclamar, una pensión de invalidez, como así también la revisión de grado de una incapacidad permanente reconocida, llevar adelante un proceso bien respaldado, con los argumentos necesarios y la documentación correctamente presentada, cumpliendo con las formas y los plazos establecidos por ley, lo que garantizará minimizar el riesgo de cometer errores que le perjudiquen en el procedimiento o pueda causar consecuencias negativas en la fase judicial.
A continuación un ejemplo reciente:
Nuestros profesionales han instado la revisión de grado de la incapacidad permanente total que el trabajador tenía reconocida desde el 2006 para su profesión habitual de ayudante no titulado en mantenimiento de grúas.
Las limitaciones que dieron a lugar a la declaración de incapacidad permanente total fueron a raíz del padecimiento de las siguiente patologías: Hepatitis crónica, VHC en tratamiento, astenia y trastorno adaptativo mixto.
En la actualidad el trabajador padece (además de las patologías anteriormente descritas): trastorno psicótico, síndrome ataxia, deterioro cognitivo con predominio de la afectación amnésica, disfunción ejecutiva, bradipsiquia y trastorno atencional.
Las lesiones que padece en la actualidad suponen una agravación y le causan una incapacidad permanente en grado de absoluta según lo dispuesto en los artículos 194 y 200 del Real Decreto Legislativo 8/2015.
El trabajador acudió a nuestros profesionales quienes presentaron la instancia de revisión de grado de incapacidad permanente por agravamiento de lesiones, dicha instancia presentada con las alegaciones pertinentes y respaldada con documentación médica seleccionada.
Ante la presentación del expediente administrativo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social concedió el derecho reconociendo la incapacidad permanente en grado de absoluta y procediendo al pago de la correspondiente pensión (100% de la base reguladora).
Los asesores de nuestro centro médico jurídico aconsejan a todos los pensionistas de incapacidad permanente estar correctamente informados sobre el grado de incapacidad permanente al que tienen derecho en la actualidad a fin de proceder en tiempo y forma con la revisión de grado, y, como mencionamos anteriormente, realizar la correspondiente instancia con el respaldo de profesionales.
Si desea reclamar con nuestros profesionales puede contactar en nuestro horario habitual, de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935
Puede conocer el grado de incapacidad permanente al cual tiene derecho en la actualidad a través de nuestra