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Las secuelas del Ictus producen limitaciones que pueden generar una pensión por incapacidad permanente

El sábado 29 de octubre se celebró el Día Mundial del Ictus, que según datos de la Federación Española del Ictus es una enfermedad que padecen alrededor de 120.000 personas cada año en nuestro país. Este día mundial tiene el objetivo de lanzar un mensaje para mejorar la prevención de esta patología y sensibilizar a la sociedad sobre la gravedad del infarto cerebral. Para prevenirlo es esencial llevar una vida saludable y controlar los factores de riesgo como el tabaco, el alcohol o la obesidad. Pero tras sufrir un Ictus, el tratamiento de sus síntomas para llevar la mejor calidad de vida posible es fundamental. En este punto entran los cambios que el afectado experimenta en su vida diaria, como por ejemplo si tiene limitaciones a la hora de trabajar y si, por tanto, puede ser beneficiario de una incapacidad permanente. 

Según nuestros expertos, especialistas en la valoración de lesiones y sus consecuencias jurídicas, el Ictus y sus secuelas pueden ser susceptibles de una prestación de la Seguridad Social por incapacidad permanente. Los perjuicios que puede con llevar un Ictus van desde las dificultades en el habla y el movimiento hasta pérdida de memoria, alteraciones de la conducta y parálisis corporal, entre otros. Por todo ello, se trata de una dolencia que en muchas ocasiones puede impedir desarrollar un trabajo ya que además de sus claras secuelas limitantes necesita una rehabilitación inmediata y continuada -con la inversión de tiempo que esto supone- después de su aparición. 

La interrupción repentina del flujo sanguíneo en una región del cerebro produce el Ictus, que el latín significa 'golpe'. En la actualidad, afecta a más de 120.000 personas cada año en España. La presidenta de la Federación Española de Ictus (FEI) ha afirmado que esta enfermedad es la primera causa de discapacidad y dependencia en España, e implica en mayor medida a mujeres que a hombres. En este sentido, la importancia de la prevención es la razón de ser del Día Mundial del Ictus. Los especialistas recomiendan evitar hábitos que favorezcan los trombos de las arterias, tales como el tabaquismo, la obesidad, la ingesta de alcohol, el estrés y la vida sedentaria. Pero este día invita también a reflexionar sobre personas que ya lo han padecido y pertenecen a ese 80%  aproximado de casos que afortunadamente no acaban en fallecimiento. Desde el punto de vista laboral, las consecuencias del infarto cerebral, demostradas con los informes médicos pertinentes, pueden desembocar en una pensión vitalicia por no poder trabajar.

Este centro ganó el año pasado una causa relativa al Ictus en los tribunales. El ciudadano F.S.V. -de profesión peón de limpieza- solicitó en 2013 una prestación por incapacidad a la Seguridad Social pero le fue denegada. La razón fue "que había sido dado de alta y no necesitaba rehabilitación, sólo controles". Su afección era la de ictus isquémico en arteria cerebral, con secuelas de hemiparesia -dificultad de movimiento similar a la parálisis pero sin ser tan grave-. En 2015, el Juzgado Social nº 26 de Barcelona declaró finalmente que el demandante sí tenía derecho a una Incapacidad Permanente Total. En términos económicos, se obtuvo una pensión del 55% de su base reguladora, la cual era de 1.145,31€. "Este ejemplo muestra cómo los afectados por patologías que mermen o anulen su capacidad laboral deben luchar por sus derechos en materia de incapacidad y no tirar la toalla en el proceso", concluye Alejandro Rusiñol, jurista de Tribunal Médico.

Tribunal Médico

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