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Especialistas en trámites de pensiones por incapacidad permanente

Actualidad sobre incapacidades

Tribunal Médico Responde

Dudas incapacidad

Una de las situaciones más frustrantes es sentirse limitado para desempeñar la actividad laboral con normalidad, algo que puede suceder a causa de un accidente o cualquier enfermedad sobrevenida. A esta circunstancia se suma la preocupación económica, por lo que muchas personas piensan en la posibilidad de obtener una pensión por incapacidad. Sin embargo, son muchas las preguntas que surgen, generando un gran desconcierto.

A menudo es el desconocimiento sobre los pasos a seguir o la falta de esperanza de llegar a buen puerto los motivos que pueden hacer que muchas personas descarten la posibilidad de reclamar una pensión por incapacidad. 

Tribunal Médico es un centro médico de medicina pericial o medicina judicial que, además, tiene servicios jurídicos propios y está especializado en Derecho Social para poder tener la mayor red de médicos y el respaldo jurídico especializado en las materias de incapacidad permanente y minusvalías. Un equipo médico-jurídico y técnico pionero en la valoración de lesiones y gestión técnica médica integral cuya experiencia se remonta al año 1978.

En la actualidad somos un referente en la defensa de sus derechos en materia de pensiones por incapacidad permanente, minusvalías, valoración de lesiones y sus consecuencias jurídicas. Somos conscientes de que en este tipo de procesos o situaciones son muchas las dudas que pueden surgir, por lo que a partir de septiembre, y de forma semanal, iremos ampliando este espacio en el que daremos respuesta a todas las preguntas que se puedan plantear. 

¿Qué tipos de incapacidad permanente existen?

Incapacidad Permanente Parcial: Las lesiones no inferiores al 33% de disminución que impiden el desarrollo de algunas de las tareas básicas de su profesión habitual. Dicho de forma menos técnica: Podrá seguir trabajando en la misma profesión pero de forma protegida por las lesiones que sufre. Se percibe una indemnización de 24 mensualidades en un solo pago de la Base Reguladora. 

Incapacidad Permanente Total: Las lesiones impiden desarrollar la profesión habitual pero no otra distinta. Es una pensión vitalicia que varía en función de la edad en caso de ser mayor o menor de 55 años. Menor 55 años = 55% de la Base reguladora. Mayor de 55 años (si no trabaja en otra profesión) = 75% de la Base Reguladora 

Incapacidad Permanente Absoluta: Las lesiones impiden la realización de cualquier tipo de trabajo, con un mínimo de profesionalidad, dedicación y constancia. Equivale a una pensión del 100% de la Base Reguladora.

Gran invalidez: Es un complemento económico a la pensión por incapacidad permanente absoluta cuando el paciente, además, precisa la asistencia de una tercera persona para realizar los quehaceres cotidianos. Equivale al 45% de la Base mínima de cotización + el 30% de la última Base. Este complemento NUNCA podrá ser inferior al 45% de la pensión que perciba.

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