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Actualidad sobre incapacidades

Ictus como accidente de trabajo

Incapacidad permanente por ictus

Nuestro centro médico jurídico ha conseguido el reconocimiento de una nueva incapacidad permanente a raíz de haber sufrido, el trabajador, un accidente cerebrovascular. En este caso, el reconocimiento de la pensión ha sido en grado de absoluta por accidente laboral.

En el caso que hoy nos ocupa, el trabajador sufrió el ICTUS durante la jornada laboral, fue atendido por el servicio de emergencias médicas y llevado al Hospital Vall d’Hebrón de Barcelona donde se le diagnosticó accidente cerebrovascular y se procedió a su asistencia, determinando la baja laboral como accidente de trabajo.

Un ictus puede ser considerado un accidente laboral en ciertos casos, dependiendo de las circunstancias y de la relación directa entre el evento y el trabajo que se desempeñaba en el momento del incidente, es decir, el ictus debe haber ocurrido como consecuencia directa de las condiciones de trabajo o como resultado de una actividad laboral realizada en ese momento. 

Si el ictus ocurre durante la jornada laboral, el trabajador tiene derecho a que se le reconozca como un accidente laboral, aunque para ello, es necesario que se realice una correcta documentación y notificación del accidente, que puede incluir:

    • Informe médico que determine la causa del ictus.
    • Informe del centro de trabajo que explique las condiciones laborales, profesiograma y la jornada en la que ocurrió el evento.
    • Evaluación de la relación entre el trabajo y el ictus para determinar causa-efecto.

En algunos casos, si el ictus ocurre durante el trayecto de casa al trabajo o viceversa (accidente in itinere), también puede ser considerado un accidente laboral si está directamente relacionado.

Posteriormente, a pesar de las intervenciones médicas y tratamientos de rehabilitación practicados al trabajador por parte de los servicios médicos, padece de secuelas que le impiden notablemente el desarrollo de toda actividad laboral. Estas secuelas le han provocado disfacia motora residual, déficit severo de la comunicación por producirse alteraciones del lenguaje que no le permite una comunicación con el entorno de forma normalizada, déficit en el entendimiento de textos y déficit de memoria. 

La persistencia de alteraciones cognitivas y la imposibilidad de desarrollar una vida normalizada han provocado que desarrolle un Trastorno de la personalidad adaptativo con síntomas de depresión, ansiedad, miedo a un nuevo episodio de ictus, apatía, desesperanza, inquietud. Además, padece de hipertensión arterial, foramen oval (abertura natural entre las dos cavidades superiores del corazón), antecedentes de apendicectomía, 
amigdalectomía y herniografía inguinal bilateral. 

El conjunto de lesiones y limitaciones que presenta el trabajador ha provocado un claro impedimento para la realización de toda actividad laboral, sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconoció la pensión de Incapacidad Permanente en grado de Total para su profesión habitual de Jefe de Producción. En disconformidad con la misma, nuestro centro médico jurídico en representación del trabajador, reclamó mediante procedimiento administrativo y, posteriormente, judicial el correcto reconocimiento del grado de Absoluta, grado que según la valoración médico pericial practicada por los servicios médicos de nuestro centro ha determinado que por derecho le corresponde.

Finalmente, el Juzgado de lo Social nº17 de Barcelona procedió a admitir la demanda interpuesta por nuestros profesionales y a declarar al trabajador en situación de Incapacidad Permanente Absoluta por accidente de trabajo, condenando a la Mutua al abono de la pensión en cuantía del 100% de la base reguladora anual y los correspondientes atrasos.

Ver Sentencia

Nuestro centro médico jurídico, primer y único centro especializado en incapacidades permanentes, insta y reclama incapacidades permanentes desde 1978. Nuestra amplia experiencia nos ha permitido conseguir innumerables casos de éxito.

Casos de Éxito

Quienes deseen saber si tienen derecho a una incapacidad permanente pueden realizar un estudio exhaustivo de sus derechos en materia de incapacidad permanente con nuestros profesionales.

Brindamos asesoramiento gratuito y trabajamos a nivel nacional, no duden en contactar con nuestros profesionales expertos. Nuestro horario de atención es de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935

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