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Especialistas en trámites de pensiones por incapacidad permanente
  • ¿Cuando nace el derecho a una baja médica (I.T.) ?

    Con carácter general, para el nacimiento del derecho a la prestación económica se requiere que la situación de incapacidad derive de enfermedad o accidente, de forma tal que el trabajador quede imposibilitado para la realización de su trabajo y precise de asistencia sanitaria.
  • ¿Debo estar de baja para iniciar un expediente de incapacidad?

    En efecto, la LGSS. establece que la incapacidad permanente deberá derivarse desde la situación de IT. Salvo quienes carezcan de dicha protección, carecer de la protección puede ser perfectamente por que le hayan dado el alta médica, o bien no le quieran proteger con una baja médica aun estando impedido para trabajar. Por lo tanto, si no puede trabajar pero en cambio no le protegen con la baja médica, también se puede iniciar la petición oficial de una pensión.
  • ¿Puedo cobrar la baja médica junto con una pensión por incapacidad?

    La pensión de incapacidad total y el subsidio de incapacidad temporal son compatibles, pues así resulta del artículo 141 de la Ley General de la Seguridad Social de 1994, que declara la compatibilidad de la pensión vitalicia derivada de incapacidad permanente total con el salario que pueda percibir el trabajador en la misma empresa o en otra distinta; de donde resulta, como dice la sentencia de esta Sala de 29 de septiembre de 1995 (recurso 592/95), que si la pensión de invalidez permanente es compatible con el salario, también lo es con el subsidio que le sustituye en caso de incapacidad temporal.
  • Condenan a la Seguridad Social a pagar una pensión por una embolia cerebral

    El Juzgado de los Social Nº2 de Tarragona ha dado la razón al trabajador y lo ha declarado en Incapacidad Permanente Total a causa de haber sufrido un infarto cerebral (Ictus). El afectado, de 51 años, desempeñaba en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos la actividad laboral habitual de peón de construcción. Simultáneamente brindaba servicios en establecimiento ambulante los fines de semana.

  • Nuevo Real Decreto-Ley 2/2023

    Desde nuestro Centro Médico Jurídico Especializado TribunalMédico.com, queremos manifestar nuestra total disconformidad y preocupación ante las novedades en materia de incapacidad temporal que recoge el nuevo Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, en vigor desde el 17 de mayo de 2023.

  • Reportaje en revista La Torre De Barcelona

    El número de octubre de la revista 'La Torre de Barcelona', publicación de la zona alta y centro de Barcelona, incluye un reportaje hecho a Tribunal Médico sobre las las principales enfermedades susceptibles de ser protegidas con una pensión por incapacidad permanente. (Texto en catalán)

  • Soluciones al absentismo laboral en España

    A día de hoy, el absentismo laboral incide negativamente en la organización y la productividad de las empresas, siendo la mayor causa de falta de competitividad y ocasionando significativos aumentos de los costes laborales. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el último trimestre de 2015 un 13,8% de las horas no trabajadas se debe a bajas laborales de los empleados -repartiéndose el resto entre vacaciones, festividades y otros motivos-. La realidad es que un millón de trabajadores no acuden a su puesto de trabajo cada día en nuestro país, según los estudios. En este tipo de situaciones encontramos por un lado las necesidades de las compañías y por otro, las de los trabajadores, donde la clave es hallar el punto de equilibrio para satisfacer ambas partes.

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